Hoy queremos que conozcas la información básica sobre las deudas: qué son, cuáles tipos de deuda existen, en qué momento es bueno o aceptable tenerlas y otras consideraciones.
Se considera “deuda” a todos los préstamos (bancarios o no), créditos de cualquier dependencia (universitarios, hipotecarios, vehiculares, de libre inversión) u obligaciones que tengas con terceros. Debido a que todas estas facilitan tu crecimiento económico o financian ciertos objetivos en tu vida bajo cuotas que debes cumplir mensualmente, es importante que tengas claridad y buena administración sobre estos, en especial cuando tienen pagos por intereses.
Los tipos de deuda dependen de quién las emite o de la calidad crediticia. En el primer grupo están las deudas públicas y privadas:
Deuda que el Estado mantiene con entidades nacionales o internacionales. Son importantes, ya que de estas depende la financiación económica o los respaldos que se establecen entre países; normalmente se representan en títulos como Letras de Tesoro, Bonos y Obligaciones del Estado.
Es la que cualquier persona (natural o jurídica) tiene a su nombre. Este tipo de deuda es la más común, ya que es personal y ocupa todos los ámbitos y momentos de la vida: créditos universitarios, hipotecarios, vehiculares o de otras denominaciones, como los de libre inversión.
Una deuda es buena cuando suma a tu vida incluso después de pagarla; mientras que las deudas malas son las que no ofrecen beneficios a largo plazo. Por ejemplo, una hipoteca o un préstamo vehicular sería una buena deuda, mientras que los préstamos de libre inversión son malas deudas cuando el dinero no se invierte sino que se gasta.
Una deuda se prescribe una vez ha pasado el periodo de cobro, es decir, el tiempo por el cual se prestó el dinero. Cuando esto sucede, también caduca la facultad que tienen los bancos o las entidades financieras para exigir la devolución del dinero que la persona aún tenga adeudado con su establecimiento.
El deudor es quien debe pedir la prescripción de la deuda, ya que esta no se hace automáticamente. También cabe resaltar que prescribir una deuda no quiere decir que ya no tengas que pagarla, esto simplemente te exonera de los cobros, pero no de los pagos que debes cumplir.
En Colombia la prescripción de deudas tiene distintos plazos dependiendo del tipo de documento que soporte la deuda, a saber, títulos de valor o contratos y otros documentos.