Al hablar de asegurado debemos referir que se trata de aquella persona natural o jurídica que detenta la titularidad de un contrato o póliza de seguros. De igual manera suele definirse como la persona titular del interés del objeto del seguro y que asume las obligaciones que nacen del respectivo contrato.
En la relación contractual aparecen varias partes involucradas ejerciendo diferentes funciones. Por un lado encontramos al asegurado o protegido, luego al asegurador o compañía de seguros. De igual forma aparece el tomador quien es el que contrata y hace los pagos y por último, el beneficiario o recibidor de la prestación.
El asegurado al momento de suscribir la respectiva póliza pasa a asumir una serie de derechos o prerrogativas que debe ejercer a su favor. Si bien es cierto el hecho fundamental que genera el contrato es su propia seguridad, está llamado a exigir el cumplimiento de la póliza. Dentro de sus derechos podemos citar los siguientes:
Todo derecho conlleva el cumplimiento de obligaciones. En tal sentido, el asegurado tendrá que actuar como el bonus pater familia y llevar adelante los requerimientos que le exigen las cláusulas contractuales. Los deberes más resaltantes que tendrá que saldar son los que se citan a continuación:
Al contratar una póliza de seguros el asegurado debe hacer un seguimiento constante tanto de sus derechos como de sus obligaciones. Si precisa conocer si está debidamente asegurado solo tendrá que comunicarse con la compañía con la cual inició su relación contractual.
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