El impuesto vehicular en Atlántico es un tributo departamental, es decir, que la Gobernación de dicho departamento es la que establece la normativa correspondiente para toda ciudad y municipio, incluyendo a la ciudad de Barranquilla. Recuerda que el pago del impuesto vehicular, así como la adquisición del SOAT, son un requisito obligatorio para que puedas circular en la ciudad.
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A continuación, te explicamos el paso a paso para saber cómo pagar el impuesto vehicular si tu vehículo está registrado en Barranquilla.
El primer paso es ingresar en el portal web que la Gobernación de Atlántico ha creado para todo lo relacionado con el impuesto vehicular y realizar la consulta del respectivo vehículo.
El segundo paso es generar la factura, también llamada liquidación del impuesto vehicular; esto también lo haces a través de la plataforma en línea de la Gobernación del Atlántico.
Teniendo ya la factura, el último paso es realizar el pago del impuesto vehicular, lo cual puedes hacer a través del canal físico o el canal digital.
De acuerdo con lo establecido en el Artículo 119 de la Ordenanza 000545 de 2017, el plazo para liquidar y pagar sin sanciones ni intereses el impuesto correspondiente a la vigencia de 2025 inicia el 1 de enero y finaliza el quinto día hábil de julio. Después de la fecha límite, se aplicarán multas y recargos según lo dispuesto en la normativa vigente. Estos costos adicionales se sumarán al total indicado en la factura cuando se determine el impuesto.
Los vehículos matriculados en otros departamentos que sean objeto de traslado de cuenta al Departamento del Atlántico tendrán un descuento del cincuenta por ciento (50%) del impuesto que se cause en el año siguiente al respectivo traslado.
La base gravable sobre la que se calcula el valor del impuesto vehicular (la tarifa) a nivel nacional es establecida cada año por el Ministerio de Hacienda y se define a partir del valor comercial del vehículo.
Para el 2025, estos valores se determinaron en el Decreto 1739 del 16 de diciembre de 2022, los cuales son los siguientes:
Tipo de vehículo |
Rango de avalúo (valor comercial) |
Tarifa |
|
Desde |
Hasta |
||
Vehículos particulares Automóviles, camperos, camionetas, station wagon, vehículos de carga y de pasajeros. |
$0 |
$ 54'057.000 |
1,5% |
$ 54'057.000 |
$ 121'625.000 |
2,5% |
|
$ 121'625.000 |
En adelante |
3,5% |
|
Motocicletas con más de 125 cm3 |
Todos los avalúos |
1,5% |
|
Vehículos Públicos |
Todos los avalúos |
0,5% |
Fuente: Portal de impuestos Gobernación de Atlántico. Elaboración propia.
Para calcular cuánto debes pagar de impuesto vehicular en 2025 en Atlántico debes:
Las sanciones se generan por no realizar el pago en los plazos establecidos por la Gobernación del Atlántico, es decir, entre el 1 de enero hasta el quinto día hábil de julio de 2025.
Por lo tanto, todos los que realicen el pago del impuesto vehicular a partir del esta fecha deben liquidar y pagar una sanción por extemporaneidad junto con los intereses de mora que correspondan. Es importante tener en cuenta que la sanción mínima es de $363.000.
Los casos en los que se exceptúa el pago del impuesto vehicular son los siguientes:
Recuerda que es fundamental cumplir con los plazos establecidos para evitar sanciones. Para más detalles sobre el proceso y consultar el impuesto vehicular en Barranquilla, visita el Portal de Impuestos Atlántico.